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Despido en periodo de prueba: qué derechos tienes (aunque te digan que ninguno)

Guía práctica · Actualizado en julio de 2026
Despido en periodo de prueba: qué derechos tienes (aunque te digan que ninguno)

Que te digan «estás en periodo de prueba, no tienes derecho a nada» es tan frecuente como falso. Es cierto que durante la prueba la empresa puede dar por terminado el contrato sin alegar causa, sin preaviso (salvo que el convenio lo exija) y sin indemnización por despido. Pero eso no borra el resto de tus derechos.

Lo primero: comprueba que tu periodo de prueba es válido

El periodo de prueba solo existe si se pactó por escrito en el contrato. Y tiene límites de duración (art. 14 del Estatuto de los Trabajadores): como regla general, máximo 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto (3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores). En contratos temporales de hasta 6 meses, el máximo es 1 mes, salvo que el convenio diga otra cosa. Tu convenio puede fijar duraciones distintas: conviene mirarlo siempre.

Casos en los que la prueba no vale (y el cese se convierte en despido)

  1. No figura por escrito en el contrato.
  2. Ya habías trabajado antes en la misma empresa haciendo las mismas funciones: la prueba es nula.
  3. Se supera la duración máxima legal o del convenio y te cesan después.

En cualquiera de esos casos, el cese no es un desistimiento válido: es un despido, y puede reclamarse como improcedente en el plazo de 20 días hábiles.

Cuándo el cese puede ser NULO

Si el cese se produce por embarazo, por haber pedido permisos de conciliación, por reclamar derechos o por cualquier causa discriminatoria, puede ser nulo aunque estés en prueba. La empresa puede cesarte sin causa, pero no por una causa prohibida.

Lo que SIEMPRE te corresponde: el finiquito

  • Los días trabajados del último mes.
  • La parte proporcional de las pagas extra.
  • Las vacaciones generadas y no disfrutadas.

Periodo de prueba no significa trabajar gratis: revisa el finiquito antes de firmar y, si no cuadra, firma «no conforme».

Errores frecuentes

  1. Creer que no hay nada que revisar y firmar el finiquito sin mirarlo.
  2. No comprobar la duración de la prueba en el convenio.
  3. Dejar pasar los 20 días hábiles cuando la prueba era inválida.
  4. No guardar el contrato, las nóminas o los mensajes del cese.

Preguntas frecuentes

¿Pueden cesarme estando de baja médica en periodo de prueba? Pueden cesarte sin causa, pero si el motivo real es la baja o una situación protegida, el cese puede impugnarse. Cada caso requiere valoración.

¿Tengo paro si me cesan en periodo de prueba? El cese en prueba a instancia de la empresa es situación legal de desempleo: si has cotizado lo suficiente, puedes solicitarlo.

¿Me deben preavisar? Solo si el convenio o el contrato lo establecen.

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